El pago de una suma de $ 511.350.000 y la obligación de presentar un plan de manejo de corrección es la condena otorgada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas al ex propietario de un terreno fiscal que incurrió en el corte ilegal de madera.

Se trata de una sentencia que revoca un fallo anterior del Segundo Juzgado de Policía Local y que absolvía a Francisco Rumino Jiménez López, quién durante años realizó tala ilegal de bosque tras dejar de ser arrendatario de terrenos fiscales pertenecientes al Ministerio de Bienes Nacionales. De esta forma, CONAF a través de su unidad jurídica  y basándose en la ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, decidió tramitar un recurso ante la Corte de Apelaciones para que el fallo absolutorio sea revocado.

Y así ocurrió. El martes 29 de agosto se dictó la revocación del fallo anterior y se dio la razón a CONAF en los argumentos esgrimidos, dictaminándose una nueva sentencia, pero ahora condenatoria para Jiménez López, donde se le obliga al pago de una suma de $511.350.000 por “su responsabilidad en la corta ilegal de madera sin Plan de Manejo, ascendente a 2.435 m3 en el Lote Fiscal N°4 PL 71 XII, Sector Parrillar, comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes” según se señala en la resolución judicial.

De igual forma, el fallo condenatorio agrega que, como medida de reparación y en conformidad a la Ley 20.283, deberá presentar un Plan de Manejo de corrección  por la superficie  en que se efectuó la corta no autorizada  y que equivale a 41 hectáreas.

Antecedentes del proceso
Los antecedentes que concluyen con este fallo judicial se arrastran desde el año 2010, cuando Bienes Nacionales concede un contrato de arrendamiento a Francisco Jiménez de terrenos ubicados en el sector de Parrillar de Punta Arenas con el fin que pueda ser explotado de manera forestal. Para esto se requiere de un plan de manejo autorizado por CONAF y que, posteriormente, es supervisado a través de su Departamento de Fiscalización. El año 2012, Bienes Nacionales puso fin al contrato, ya que Jiménez no cumple con los compromisos de pago del arriendo. Sin embargo, siguió ocupando el terreno y realizando corta ilegal de árboles, lo cual fue denunciado judicialmente por CONAF  el año 2016. No obstante, el Segundo Juzgado de Policía Local absolvió a Jiménez de los cargos presentados por CONAF, la cual decide acudir a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para que el fallo sea revocado.

Para la directora regional, Elisabeth Muñoz, el fallo revocatorio cumple con lo señalado por CONAF en cuánto a los procedimientos que debe cumplir la ciudadanía con la legislación forestal: “CONAF se encuentra mandatada para fiscalizar y hacer cumplir la ley que se refiere a bosques nativos y por lo tanto este fallo judicial nos da la razón porque siempre en nuestros argumentos se encontraba la coherencia que nadie puede ponerse por sobre lo que dicta la legislación”.

Por su parte, el jefe del Departamento de Fiscalización forestal de CONAF, Andrés Espinoza, señala la amplia trayectoria de la institución en este ámbito y donde todos quienes administran un terreno y que desean realizar algún tipo de explotación forestal, deben cumplir con normas y procedimientos establecidos, siendo esta unidad la encargada de asesorar en materia de implementación de planes de manejo y posterior fiscalización.

30 agosto, 2017

El pago de una suma de $ 511.350.000 y la obligación de presentar un plan de manejo de corrección es la condena otorgada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas al ex propietario de un terreno fiscal que incurrió en el corte ilegal de madera.

Se trata de una sentencia que revoca un fallo anterior del Segundo Juzgado de Policía Local y que absolvía a Francisco Rumino Jiménez López, quién durante años realizó tala ilegal de bosque tras dejar de ser arrendatario de terrenos fiscales pertenecientes al Ministerio de Bienes Nacionales. De esta forma, CONAF a través de su unidad jurídica  y basándose en la ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, decidió tramitar un recurso ante la Corte de Apelaciones para que el fallo absolutorio sea revocado.

Y así ocurrió. El martes 29 de agosto se dictó la revocación del fallo anterior y se dio la razón a CONAF en los argumentos esgrimidos, dictaminándose una nueva sentencia, pero ahora condenatoria para Jiménez López, donde se le obliga al pago de una suma de $511.350.000 por “su responsabilidad en la corta ilegal de madera sin Plan de Manejo, ascendente a 2.435 m3 en el Lote Fiscal N°4 PL 71 XII, Sector Parrillar, comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes” según se señala en la resolución judicial.

De igual forma, el fallo condenatorio agrega que, como medida de reparación y en conformidad a la Ley 20.283, deberá presentar un Plan de Manejo de corrección  por la superficie  en que se efectuó la corta no autorizada  y que equivale a 41 hectáreas.

Antecedentes del proceso
Los antecedentes que concluyen con este fallo judicial se arrastran desde el año 2010, cuando Bienes Nacionales concede un contrato de arrendamiento a Francisco Jiménez de terrenos ubicados en el sector de Parrillar de Punta Arenas con el fin que pueda ser explotado de manera forestal. Para esto se requiere de un plan de manejo autorizado por CONAF y que, posteriormente, es supervisado a través de su Departamento de Fiscalización. El año 2012, Bienes Nacionales puso fin al contrato, ya que Jiménez no cumple con los compromisos de pago del arriendo. Sin embargo, siguió ocupando el terreno y realizando corta ilegal de árboles, lo cual fue denunciado judicialmente por CONAF  el año 2016. No obstante, el Segundo Juzgado de Policía Local absolvió a Jiménez de los cargos presentados por CONAF, la cual decide acudir a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para que el fallo sea revocado.

Para la directora regional, Elisabeth Muñoz, el fallo revocatorio cumple con lo señalado por CONAF en cuánto a los procedimientos que debe cumplir la ciudadanía con la legislación forestal: “CONAF se encuentra mandatada para fiscalizar y hacer cumplir la ley que se refiere a bosques nativos y por lo tanto este fallo judicial nos da la razón porque siempre en nuestros argumentos se encontraba la coherencia que nadie puede ponerse por sobre lo que dicta la legislación”.

Por su parte, el jefe del Departamento de Fiscalización forestal de CONAF, Andrés Espinoza, señala la amplia trayectoria de la institución en este ámbito y donde todos quienes administran un terreno y que desean realizar algún tipo de explotación forestal, deben cumplir con normas y procedimientos establecidos, siendo esta unidad la encargada de asesorar en materia de implementación de planes de manejo y posterior fiscalización.

30 agosto, 2017

El pago de una suma de $ 511.350.000 y la obligación de presentar un plan de manejo de corrección es la condena otorgada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas al ex propietario de un terreno fiscal que incurrió en el corte ilegal de madera.

Se trata de una sentencia que revoca un fallo anterior del Segundo Juzgado de Policía Local y que absolvía a Francisco Rumino Jiménez López, quién durante años realizó tala ilegal de bosque tras dejar de ser arrendatario de terrenos fiscales pertenecientes al Ministerio de Bienes Nacionales. De esta forma, CONAF a través de su unidad jurídica  y basándose en la ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, decidió tramitar un recurso ante la Corte de Apelaciones para que el fallo absolutorio sea revocado.

Y así ocurrió. El martes 29 de agosto se dictó la revocación del fallo anterior y se dio la razón a CONAF en los argumentos esgrimidos, dictaminándose una nueva sentencia, pero ahora condenatoria para Jiménez López, donde se le obliga al pago de una suma de $511.350.000 por “su responsabilidad en la corta ilegal de madera sin Plan de Manejo, ascendente a 2.435 m3 en el Lote Fiscal N°4 PL 71 XII, Sector Parrillar, comuna de Punta Arenas, Provincia de Magallanes” según se señala en la resolución judicial.

De igual forma, el fallo condenatorio agrega que, como medida de reparación y en conformidad a la Ley 20.283, deberá presentar un Plan de Manejo de corrección  por la superficie  en que se efectuó la corta no autorizada  y que equivale a 41 hectáreas.

Antecedentes del proceso
Los antecedentes que concluyen con este fallo judicial se arrastran desde el año 2010, cuando Bienes Nacionales concede un contrato de arrendamiento a Francisco Jiménez de terrenos ubicados en el sector de Parrillar de Punta Arenas con el fin que pueda ser explotado de manera forestal. Para esto se requiere de un plan de manejo autorizado por CONAF y que, posteriormente, es supervisado a través de su Departamento de Fiscalización. El año 2012, Bienes Nacionales puso fin al contrato, ya que Jiménez no cumple con los compromisos de pago del arriendo. Sin embargo, siguió ocupando el terreno y realizando corta ilegal de árboles, lo cual fue denunciado judicialmente por CONAF  el año 2016. No obstante, el Segundo Juzgado de Policía Local absolvió a Jiménez de los cargos presentados por CONAF, la cual decide acudir a la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para que el fallo sea revocado.

Para la directora regional, Elisabeth Muñoz, el fallo revocatorio cumple con lo señalado por CONAF en cuánto a los procedimientos que debe cumplir la ciudadanía con la legislación forestal: “CONAF se encuentra mandatada para fiscalizar y hacer cumplir la ley que se refiere a bosques nativos y por lo tanto este fallo judicial nos da la razón porque siempre en nuestros argumentos se encontraba la coherencia que nadie puede ponerse por sobre lo que dicta la legislación”.

Por su parte, el jefe del Departamento de Fiscalización forestal de CONAF, Andrés Espinoza, señala la amplia trayectoria de la institución en este ámbito y donde todos quienes administran un terreno y que desean realizar algún tipo de explotación forestal, deben cumplir con normas y procedimientos establecidos, siendo esta unidad la encargada de asesorar en materia de implementación de planes de manejo y posterior fiscalización.

30 agosto, 2017